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Proceso de Elaboración del Informe



La metodología para la elaboración del informe, tanto de la parte contextual como del cotejo de datos, se concibió para ser desarrollada en un período de cuatro meses. En preparación para ello, desde marzo de 2017 se iniciaron las discusiones frente al contenido del informe, el cual aprobado finalmente en el CTN 28. Algunos de los temas que plantea este nuevo informe son:

El informe comenzó a construirse con la aprobación de los términos de referencia del administrador independiente en el CTN 26 y con su posterior contratación en agosto. Además del proceso de recolección de información y cotejo, al contrato se le adicionaron nuevas actividades, encaminadas a realizar un análisis de la información contextual cuantitativa, basado en la matriz de mainstreamed disclosure suministrada por la Secretaría Internacional de EITI; se construyó, igualmente, la herramienta de visualización de datos basados en las disposiciones del CTN (Diagnóstico contextual EY).

La contratación del administrador independiente se realizó bajo las normas de Banco Mundial y con la modalidad de contratación directa. Fue escogida la empresa EY por su experiencia demostrada en informes anteriores.

Posteriormente, en noviembre contrataron los consultores contextuales, quienes aportaron insumos valiosos para lograr el entendimiento del sector apoyados en los insumos suministrados por entidades como el Ministerio de Minas y Energía, el Ministerio de Ambiente, la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH), la Agencia Nacional de Minería (ANM), la Agencia Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), el Departamento Nacional de Planeación (DNP), el Departamento Nacional de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), el Departamento Nacional de Estadística (DANE), la Unidad de Planeación Minero Energética (UPME) y Ecopetrol. Así mismo, se contó con la revisión y retroalimentación de los miembros del CTN y del Grupo de Apoyo Técnico (GAT).


[1] El Estándar EITI 2016 incluye provisiones para adelantar un procedimiento para “Declaraciones Integradas” de la siguiente forma: “El objetivo del procedimiento es reconocer a los países implementadores que hacen de la transparencia una característica integral y corriente de sus sistemas de gestión. Cabe destacar que el procedimiento no altera los requisitos en materia de divulgación del EITI. La implementación de este procedimiento exige la misma información, con el mismo nivel de detalle, que se requiere en la actualidad. El procedimiento no modificará las disposiciones respecto de la supervisión por el grupo de multipartícipes”.