La inversión social forma parte de las obligaciones que adquieren las empresas en virtud de sus contratos con la ANH.
La inversión social es una obligación dentro del contrato de hidrocarburos. Tiene su origen en el Decreto Ley 1760 de 2003, artículo 5.°, numeral 5.7, que ordena a la ANH:
Convenir en los contratos de exploración y explotación los términos y condiciones con sujeción a los cuales las compañías contratistas, como parte de su responsabilidad social, adelantarán programas en beneficio de las comunidades ubicadas en las áreas de influencia de los correspondientes contratos.
La ANH, mediante el Acuerdo 05 de 2011, estableció los parámetros por medio de los cuales se deberán ejecutar los programas de beneficio a las comunidades. La verificación del cumplimiento de estas obligaciones de los contratos con la ANH incluye la verificación de los compromisos de inversión social comprendidos en esos contratos
