El Sistema General de Regalías incluye el conjunto de ingresos, asignaciones, órganos, procedimientos y regulaciones que permiten asignar y controlar el uso eficiente de las regalías generadas por la explotación de los recursos naturales no renovables.
El artículo 360 de la Constitución Política de Colombia (CPC) define regalías, para efectos del derecho público, de las finanzas públicas y del presupuesto público, como “la contraprestación económica que surge de la explotación de un recurso natural no renovable y cuya titularidad es del Estado colombiano”.
El Sistema General de Regalías fue creado mediante la Ley 1530 de 2012 con el objeto de:
- […] determinar la distribución, objetivos, fines, administración, ejecución, control, el uso eficiente y la destinación de los ingresos provenientes de la explotación de los recursos naturales no renovables precisando las condiciones de participación de sus beneficiarios. Este conjunto de ingresos, asignaciones, órganos, procedimientos y regulaciones constituye el Sistema General de Regalías