De acuerdo con la Constitución Política de Colombia (artículo 332): “el Estado es propietario del subsuelo y de los recursos naturales no renovables”. El Ministerio de Minas y Energía es la entidad encargada de administrar los recursos no renovables del subsuelo, y de otorgar los contratos de exploración y explotación minera. Esta función la ejerce por medio de la Agencia Nacional de Minería (ANM).

La Agencia Nacional de Minería (ANM), en representación de la nación, puede conceder el derecho a explorar y extraer recursos minerales por medio de un contrato de concesión y de otras figuras adicionales . Los títulos son negociables entre partes privadas, y los derechos de concesión pueden transferirse en su totalidad, o en parte.