La fiscalización permite la adecuada determinación y recaudo de regalías, y las compensaciones.
La Ley 1530 del 2012 regula la organización y el funcionamiento del Sistema General de Regalías. Esa norma delega al Ministerio de Minas y Energía la tarea de fiscalizar la exploración y explotación de los recursos naturales no renovables. Esto, mediante actividades y procedimientos que garanticen el cumplimiento de las normas y de los contratos de exploración y explotación de recursos naturales no renovables, en relación con volúmenes de producción, y la aplicación de las mejores prácticas técnicas, operativas y ambientales. Todo ello, con el propósito de lograr la adecuada determinación y recaudo de regalías, y las compensaciones y el buen funcionamiento del Sistema General de Regalías.
En la misma ley se establece que el Ministerio de Minas y Energía puede ejercer esta labor de fiscalización directamente, o por medio de las entidades que este designe. También, la fácula para celebrar convenios interadministrativos con otras entidades (como la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales [DIAN]) para fortalecer los procesos de fiscalización.
El proceso de fiscalización se realiza desde la etapa 0 del proceso de exploración de hidrocarburos. Por esto, para cada una de las etapas dentro de las actividades de exploración y producción, las compañías deben obtener los permisos correspondientes, tal como lo presenta la figura
El ejercicio de supervisión y fiscalización incluye dos objetivos fundamentales emanados de las obligaciones contractuales:
Garantizar que los operadores cumplan con la normatividad técnica, ambiental, de higiene y seguridad, y social.
Asegurar la correcta liquidación, recaudo, transferencia, distribución y giros de las contraprestaciones económicas: impuestos, compensaciones y regalías.
Además de los dos objetivos fundamentales antes indicados, el proceso de supervisión y fiscalización busca:
Velar por la correcta y adecuada exploración y explotación de los yacimientos de hidrocarburos para asegurar que estas actividades se realicen de forma técnica y económica, y la utilización y el aprovechamiento de los recursos de forma racional e integral.
Tomar las medidas técnicas y económicas necesarias para la conservación de los yacimientos de hidrocarburos.
Estudiar y aprobar, desde el punto de vista técnico, los planes de explotación de hidrocarburos, según la tasa eficiente máxima de explotación y los criterios de conservación de yacimientos; y según la medición de los volúmenes de hidrocarburos efectivamente producidos en un campo petrolero.