| Marco legal | Contratos | Reservas crudo y gas | Sísmica y perforación | Producción | Proyectos piloto de investigación integral |
El sector minero y de hidrocarburos es un actor importante para el desarrollo económico, ambiental y social del país, jugando un papel relevante en la producción de materias primas, atracción de significativos montos de inversión extranjera directa y generación de regalías, impuestos y contraprestaciones económicas a favor de la Nación, que dan solución a grandes necesidades en el país como la infraestructura, el impulso a la investigación, el desarrollo, la innovación y la transformación rural, entre otros.
Para asegurar que la industria minero - energética contribuya al desarrollo del país en general, este sector cuenta con un marco normativo e instituciones que promueven el desarrollo competitivo de este sector a través del aprovechamiento ordenado y responsable de los recursos naturales no renovables.
El marco normativo de la industria extractiva se fundamenta desde la Constitución Política de Colombia, donde se establece que: “El Estado es propietario del subsuelo y de los recursos naturales no renovables…” (Constitución Política de Colombia, 1991, Artículo 332), a la vez que establece las contraprestaciones económicas a título de regalías y otros que la misma actividad causará a favor del Estado por su desarrollo (Op. Cit., Artículo 360) y la destinación de dichos emolumentos en el Sistema General de Regalías (Op. Cit., Artículo 361). Por otra parte, el marco regulatorio de los hidrocarburos y el gas, se rige por el Código de Petróleos (Decreto 1056 de 1953). En esta oportunidad solo se presentarán los cambios normativos para el período 2021, pues en los reportes anteriores del EITI Colombia se ha venido presentado la normatividad desde sus inicios.
Normativa Hidrocarburos
| Entidad | Tema | Norma | Objeto |
|---|---|---|---|
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Congreso de Colombia |
Regalías |
Ley 2056 de 2020 |
Por la cual se regula la organización y el funcionamiento del Sistema General de Regalías", cuyo objeto consiste en determinar la distribución, objetivos, fines, administración, ejecución, control, el uso eficiente y la destinación de los ingresos provenientes de la explotación de los recursos naturales no renovables precisando las condiciones de participación de sus beneficiarios. |
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Ministerio de Hacienda y Crédito Público |
Regalías |
Decreto 317 de 2021 |
Por el cual se cierra el presupuesto de la vigencia 2019-2020 y se adiciona el presupuesto del bienio 2021-2022 del Sistema General de Regalías incorporando la Disponibilidad Inicial 2021-2022 y el saldo del mayor recaudo 2017 - 2018 |
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Ministerio de Hacienda y Crédito Público |
Regalías |
Decreto 332 de 2021 |
Por el cual se adiciona el presupuesto del bienio 2021-2022 del Sistema General de Regalías con ocasión del Desahorro del Fondo de Ahorro y Estabilización |
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Departamento Nacional de Planeacións |
Regalías |
Decreto 804 de 2021 |
Decreto Único Reglamentario del Sistema General de Regalías (Sistema de Seguimiento, Evaluación y Control). Comprende un diseño operacional que prevé la gestión de la información de la aprobación y ejecución de los proyectos de inversión financiados con recursos del SGR, a través de los instrumentos y herramientas de orden técnico y operativo dispuestos para este fin; la generación y administración de alertas preventivas; la medición del desempeño; la adopción de medidas administrativas tendientes a la protección de los recursos del Sistema General de Regalías y el reporte a órganos de control y a la Fiscalía General de la Nación de las presuntas irregularidades que se identifiquen en ejercicio de las funciones de seguimiento y evaluación, así como de las quejas o denuncias que se conozcan en relación con la ejecución de recursos del Sistema. |
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Departamento Nacional de Planeación |
Regalías |
Decreto 1142 de 2021 |
Por el cual se adiciona y modifica el Decreto 1821 de 2020, Decreto Único Reglamentario del Sistema General de Regalías |
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Ministerio de Hacienda y Crédito Público |
Regalías |
Decreto 1741 de 2021 |
Por el cual se ajusta el presupuesto del bienio 2021-2022 del Sistema General de Regalías. |
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Agencia Nacional de Hidrocarburos - ANH |
Contratos |
Acuerdo 001 del 05 de febrero de 2021 |
Por el cual se establecen criterios para la prórroga, otorgamiento de plazos y terminación por mutuo acuerdo de contratos y convenios de evaluación, exploración, explotación y producción de hidrocarburos. |
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Agencia Nacional de Hidrocarburos - ANH |
Contratos |
Acuerdo 003 del 11 de febrero de 2021 |
Por el cual se aprueba el Modelo de Convenio de Exploración y Producción de Hidrocarburos, E&P - Continental para yacimientos convencionales en trampas. |
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Acuerdo 002 de la ANH |
2020 |
Establece medidas transitorias para el fortalecimiento del sector de hidrocarburos encaminadas a mitigar los efectos adversos de la caída de los precios internacionales del petróleo. |
Puede acceder al contenido de estas normas en los siguientes links: Agencia Nacional de Hidrocarburos y Presidencia de la República de Colombia
Fuente: Administrador Independiente Informe EITI 2021
Durante el 2021 se inició un proceso de modificación del marco contractual para la adjudicación de contratos de exploración y producción de hidrocarburos, lo que dio lugar a un giro en los criterios de adjudicación y, de esta manera, se introdujo la gestión de Gases Efecto Invernadero (GEI) como principal factor de evaluación. Así las cosas, se espera que un factor nuevo, correspondiente a, como mínimo, 25 kg de CO2 de mitigación o compensación, sea el determinante para la adjudicación de nuevos contratos hacia el futuro.
De esta forma, se incluye un nuevo mecanismo que procura la obtención de hidrocarburos más amigables con el medio ambiente, sumándose, así, a las actualizaciones de los marcos normativos en materia de desarrollo de proyectos de exploración y explotación de hidrocarburos costa afuera en el país y en el control de quemas y venteos como desperdicio.
Colombia cuenta con diferentes tipos de contratos para la exploración y la producción de hidrocarburos:
En este tipo de contrato se suscribe entre la Agencia Nacional de Hidrocarburos -ANH y el contratista el cual tiene derecho a explorar el área contratada bajo su propio riesgo y costo, con sujeción a las regulaciones de regalías e impuestos existentes, y a producir los hidrocarburos convencionales de propiedad del Estado que se descubran dentro de dicha área, en los términos que se establezcan en el contrato. El contratista tendrá derecho a la parte de la producción de los hidrocarburos que le correspondan, provenientes del área contratada.
Se excluyen de esta modalidad de contrato los hidrocarburos no convencionales, y los que se encuentren en yacimientos no convencionales y en yacimientos descubiertos no desarrollados que se encuentren dentro del área contratada, sobre los cuales tenga conocimiento cualquiera de las partes al momento de la firma del contrato.
Las principales características contenidas en el contrato son:

Fuente: Elaboración propia. Información tomada de la ANH
Este contrato tiene como objetivo estimular la explotación de hidrocarburos costa afuera y mejorar la competitividad colombiana para atraer y retener la inversión de grandes empresas.
El contrato aplica para operadores que se encuentran ejecutando contratos de evaluación técnica y que tienen derecho a convertirlos en contratos de exploración y producción; y para empresas que resulten seleccionadas en futuros procesos competitivos para áreas costa afuera.
Las principales características contenidas en el contrato son:
Contrato de exploración y producción áreas costa afuera
| Periodo Exploratorio | Programa de Evaluación | Área Comercial | Periodo de Producción |
|---|---|---|---|
|
El Período de Exploración tendrá una duración de nueve (9) Años, contados desde la Fecha Efectiva Inicio Periodo de Exploración y está dividido en fases exploratorias. |
El Programa de Evaluación no puede exceder el término de: Tres (3) Años si la profundidad del agua entre el nivel medio del mar y el lecho marino donde se localiza el Descubrimiento es menor a quinientos (500) metros; Cinco (5) Años si la profundidad del agua entre el nivel medio del mar y el lecho marino donde se localiza el Descubrimiento está entre quinientos (500) metros y mil quinientos (1500) metros; y Siete (7) Años si la profundidad del agua entre el nivel medio del mar y el lecho marino donde se localiza el Descubrimiento es superior a mil quinientos (1500) metros. |
Dentro de los seis (6) Meses siguientes al vencimiento del término estipulado para la ejecución del Programa de Evaluación (incluyendo sus prórrogas), podrá presentarse a la ANH una declaración escrita que contenga de manera clara y precisa la determinación incondicional de Explotar comercialmente el respectivo Descubrimiento (“Declaración de Comercialidad”). |
El Periodo de Producción tendrá una duración de treinta (30) Años, contados a partir de la Terminación Etapa Desarrollo Infraestructura. El Periodo de Producción se predica separadamente respecto de cada Área Asignada en Producción y, por lo tanto, todas las menciones a la duración, extensión o terminación del mismo se refieren a cada Área Asignada en Producción en particular. |
| Regalías | ANH Derechos Contractuales | Garantía | Operación |
|---|---|---|---|
|
Es obligación primordial del Contratista poner a disposición de la ANH, en el Punto de Entrega, el porcentaje de la producción de Hidrocarburos establecido en la ley, por concepto de Regalías. El artículo 16 de la ley 756 de 2002, establece que para explotación en campos ubicados en costa afuera hasta a una profundidad inferior o igual a mil (1.000) pies, se aplicará el ochenta por ciento (80%) de las regalías equivalentes para la explotación de crudo; para explotación en campos ubicados costa afuera a una profundidad superior a mil (1.000) pies, se aplicará una regalía del sesenta por ciento (60%) de las regalías equivalentes a la explotación de crudo. |
El contrato prevé derechos a favor de la ANH derivados del uso del subsuelo, y precios altos, una vez que alcanza una producción acumulada y en el caso de una extensión del contrato. |
Corresponde al Contratista garantizar el cumplimiento oportuno, eficaz y eficiente de las prestaciones que integran el objeto contractual, y de los compromisos y obligaciones que adquiere con motivo de la celebración, ejecución, terminación y liquidación de este Contrato, incluida la inversión efectiva de los recursos requeridos para desarrollar los Programas Exploratorios. La garantía de cumplimiento deberá emitirse por un valor equivalente al treinta por ciento (30%) del valor total del presupuesto de inversión de la fase respectiva del Contrato. |
Corresponde al Contratista ejercer la dirección, el manejo, el seguimiento, la vigilancia y el control de todas las Operaciones de Exploración, Evaluación, Desarrollo, Producción y Abandono que ejecute en cumplimiento del presente Contrato. La autonomía de que trata esta Cláusula no obsta para que la ANH y las demás autoridades competentes, ejerzan a plenitud sus facultades legales, reglamentarias y regulatorias, en todos los asuntos de su respectivo resorte, sin limitación alguna. |
Fuente: Elaboración propia, información tomada de la ANH
Este contrato aplica para áreas libres y áreas especiales y en algunos casos, cuando así se disponga en los términos de referencia, para procesos competitivos o contratación directa. Su objetivo principal es evaluar el potencial hidrocarburífero de un área e identificar prospectos para celebrar un eventual contrato de exploración y producción sobre una porción o la totalidad del área contratada. Durante el año 2021 no se suscribió ningún contrato.
Las principales características contenidas en el contrato son:

Fuente: Elaboración propia. Información tomada de la ANH
Son acuerdos de exploración o explotación de hidrocarburos, celebrados entre la empresa Ecopetrol S.A. y la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH), en los que se definen las condiciones de exploración y explotación de áreas que dicha empresa operaba directamente para la fecha de publicación del Decreto Ley 1760 de 2003, hasta el agotamiento del recurso o hasta la devolución de aquellas. De cederse por la referida empresa dichos acuerdos, deben aplicarse las normas vigentes para la correspondiente oportunidad.
En lo que respecta a Convenios de Explotación, que tuvieron origen en áreas de operación directa de Ecopetrol S.A. o en Contratos de Asociación suscritos por Ecopetrol con socios, a 31 de diciembre de 2021 estaban vigentes 54, de los cuales son titulares las empresas que se relacionan a continuación:
Convenios de Explotación suscrito por Ecopetrol con socios
| Periodo Exploratorio | Programa de Evaluación |
|---|---|
|
ECOPETROL S.A. |
34 |
|
HOCOL S.A. |
8 |
|
IBEROAMERICANA DE HIDROCARBUROS CQ EXPLORACION Y PRODUCCION SAS |
3 |
|
ECOPETROL S.A., PAREX RESOURCES COLOMBIA LTD |
2 |
|
ECOPETROL S.A., OCCIDENTAL ANDINA LLC |
2 |
|
PETROLEOS SUD AMERICANOS SUCURSAL COLOMBIA |
2 |
|
GRAN TIERRA ENERGY COLOMBIA, LLC |
2 |
|
PETROLEOS SUD AMERICANOS SUCURSAL COLOMBIA, DUTMY S.A. SUCURSAL COLOMBIA |
1 |
Fuente: Elaboración propia. Tomado de ANH. (2021). Informe de gestión 2021
SContratos de exploración o explotación de hidrocarburos con características o estipulaciones particulares, que son adoptados por el Consejo directivo de la ANH en función del desenvolvimiento tecnológico o el desarrollo del sector; entre ellos, de ejecución de actividades exploratorias, operación, producción, producción incremental, producción compartida y utilidad compartida.
Con fundamento en lo dispuesto en el Decreto 1073 de 2015, adicionado por el Decreto 328 de 2020 y los Acuerdos 06 de 2020 y 04 de 2021, la Agencia Nacional de Hidrocarburos ofrece el contrato CEPI - Contratos Especiales de Proyectos de Investigación, en el marco de proyectos de investigación integral.
Relación de contratos firmados en el 2021 por tipo de contrato
| CONTRATO | TIPO | FECHA DE FIRMA | ESTADO | ETAPA | SUPERFICIE | CUENCA | OPERADOR | CONTRATISTA |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
|
COL 1 |
E&P |
8-oct-21 |
En ejecución |
Fase Preliminar |
Costa Afuera |
COLOMBIA |
ANADARKO COLOMBIA COMPANY |
ANADARKO COLOMBIA COMPANY(60%); ECOPETROL S.A. (40%) |
|
COL 2 |
E&P |
8-oct-21 |
En ejecución |
Fase Preliminar |
Costa Afuera |
COLOMBIA |
ANADARKO COLOMBIA COMPANY |
ANADARKO COLOMBIA COMPANY(60%); ECOPETROL S.A. (40%) |
|
COL 6 |
E&P |
8-oct-21 |
En ejecución |
Fase Preliminar |
Costa Afuera |
COLOMBIA |
ANADARKO COLOMBIA COMPANY |
ANADARKO COLOMBIA COMPANY(60%); ECOPETROL S.A. (40%) |
|
COL 7 |
E&P |
8-oct-21 |
En ejecución |
Fase Preliminar |
Costa Afuera |
COLOMBIA |
ANADARKO COLOMBIA COMPANY |
ANADARKO COLOMBIA COMPANY(60%); ECOPETROL S.A. (40%) |
|
PIEDEMONTE |
Convenio E&P |
28-jun-21 |
En ejecución |
Producción |
|
LLANOS ORIENTALES |
ECOPETROL S.A. |
ECOPETROL S.A.(100%) |
|
PLATERO |
CEPI |
4-jun-21 |
En ejecución |
Etapa Previa |
Continental |
VALLE MEDIO DEL MAGDALENA |
ECOPETROL S.A. |
ECOPETROL S.A.(OPERADOR) 37.5% y EXXONMOBIL EXPLORATION COLOMBIA LIMITED 62.5% |
|
SANTIAGO DE LAS ATALAYAS |
Convenio E&P |
17-sep-21 |
En ejecución |
Producción |
Continental |
LLANOS ORIENTALES |
ECOPETROL S.A. |
ECOPETROL S.A.(100%) |
Fuente: Elaboración propia. Tomado de ANH
En 2021 se lanzó y culminó el cuarto ciclo del Proceso Permanente de Asignación de Áreas (PPAA), denominado “Ronda Colombia 2021”, este se dio en el marco de los lineamientos dados por el Consejo directivo de la ANH y los ajustes aprobados al Acuerdo 2 de 2017, los cuales reflejaron las modificaciones de las reglas del Proceso Permanente de Asignación de Áreas incorporando el valor económico de exclusividad como factor principal de evaluación de las ofertas tendientes a la adjudicación de contratos de exploración y producción de hidrocarburos continentales, se aprobaron las nuevas minutas del contrato de exploración y producción continental y de contratos de evaluación técnica.
Los resultados de esta ronda fueron los siguientes:
● Quedó en firme la adjudicación de 30 áreas de las 53 contempladas en la Ronda Colombia 2021, con una tasa de éxito del 56 %.
● Entre los 30 bloques otorgados se encuentran seis (6) en cuencas prolíficas en gas y 24 en cuencas proliferas en petróleo.
● La firma de estos 30 contratos representa una inversión de más de USD 148 millones.
● Se desarrollarán 28 pozos en compromisos exploratorios.
Las principales características contenidas en el contrato son:

Fuente:Agencia Nacional de Hidrocarburos
La Agencia Nacional de Hidrocarburos, como administrador integral de los recursos hidrocarburíferos de la Nación, reglamenta la forma, el contenido, los plazos, los métodos de valoración, etc. en que las compañías de exploración y producción de hidrocarburos presentes en el país deberán suministrar la información correspondiente a las reservas de hidrocarburos en el territorio.
En desarrollo de estas funciones, la Agencia Nacional de Hidrocarburos desarrolló un procedimiento que establece los lineamientos para la recepción, el monitoreo, la revisión, el análisis de completitud, la revisión técnica y la consolidación de la información de recursos y reservas, que es presentada el 1 de abril de cada año, con corte al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior, por parte de las compañías operadoras que realizan actividades de exploración y explotación de hidrocarburos en el país.
De acuerdo con el reporte del 2021 de la ANH3, Colombia aumentó la vida útil de las reservas de crudo pasando de 6,3 años a 7,6 años, alcanzando el nivel más alto desde el 2009 con un índice de reposición de 1,8 barriles por cada barril producido.
Las reservas probadas de crudo, con corte a 31 de diciembre, corresponden a 2039 Mbls, lo que significa un aumento del 11 % (223 Mbls), comparado con el 2020, cuando se reportaron 1816 Mbls.

Fuente:Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH).
A nivel regional, el departamento del Meta sigue siendo el departamento que más aporta en materia de producción de crudo, con un 51,6 % de las reservas probadas del país (1053 Mbls), seguido por Casanare con el 17,1 % (349 Mbls) y Santander con un 8,6 % del total (175 Mbls). Los campos que encabezan las reservas probadas del país son Rubiales (269 Mbls), Chichimene (184 Mbls) y Castilla (143 Mbls) (Agencia Nacional de Hidrocarburos - ANH).
Reservas probadas de petróleo por departamento 2021 (Millones de barriles – Mbls)
| Departamento | Petróleo 1P Mbl | % |
|---|---|---|
|
Meta |
1053 |
51,6 |
|
Casanare |
349 |
17,1 |
|
Santander |
175 |
8,6 |
|
Boyacá |
81 |
4,0 |
|
Arauca |
75 |
3,7 |
|
Bolívar |
62 |
3,0 |
|
Cesar |
54 |
2,7 |
|
Huila |
53 |
2,6 |
|
Putumayo |
51 |
2,5 |
|
Antioquia |
41 |
2,0 |
|
Tolima |
26 |
1,3 |
|
Otros |
20 |
1,0 |
Fuente:Elaboración propia, datos tomados de la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH).
Las reservas probadas de gas aumentaron, pasando de 7,7 años a 8 años de vida útil, de tal forma que cambió la tendencia decreciente que se venía presentando desde el 2017 con un índice de reposición de 1,5 millones de pies cúbicos por cada millón de pies cúbicos producido.

Fuente:Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH).
En materia de gas, en el 2021 las reservas probadas alcanzaron los 3164 Gpc, lo que representa un aumento de 7,2 % comparado con el 2020, cuando se reportaron 2949 Gpc.
A nivel departamental, el 52 % de las reservas probadas de gas se encuentran en el Casanare (1655 Gpc), seguido por el departamento de La Guajira con un 18 % (579 Gpc) y Córdoba con 9 % (276 Gpc). Los campos que concentran la mayor parte de estas reservas son Cupiagua (555 Gpc), Pauto (497 Gpc) y Cusiana (444 Gpc) (Agencia Nacional de Hidrocarburos - ANH).
Reservas probadas de gas por departamento -Giga Pies cúbicos
| Departamento | Petróleo 1P Mbl | % |
|---|---|---|
|
Casanare |
1655 |
52,0 |
|
Guajira |
579 |
18,0 |
|
Córdoba |
276 |
9,0 |
|
Boyacá |
164 |
5,0 |
|
Sucre |
146 |
4,6 |
|
Santander |
133 |
4,2 |
|
Atlántico |
86 |
2,7 |
|
Magdalena |
57 |
1,8 |
|
Cesar |
19 |
0,6 |
|
Arauca |
15 |
0,5 |
|
Norte de Santander |
14 |
0,4 |
|
Bolívar |
6 |
0,2 |
|
Tolima |
6 |
0,2 |
|
Meta |
5 |
0,2 |
|
Huila |
2 |
0,06 |
|
Total |
3164 |
100% |
Fuente:Elaboración propia, datos tomados de la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH).
En el año 2021 se adquirieron 1585 km equivalentes de sísmica, 5,6 veces a lo ejecutado en el año 2020, 283 km equivalentes.

Fuente:Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH).

Fuente:Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH).
Colombia redujo significativamente su nivel de actividad exploratoria de hidrocarburos en los últimos dos años (2020-2021) como consecuencia, principalmente, de la pandemia y de la crisis en el sector a nivel mundial.
De acuerdo con lo anterior, en la vigencia del 2021 se realizó la exploración de 25 pozos onshore, cifra que, comparada con el 2020, tuvo un incremento del 38 %. Con corte a septiembre de 2022 se muestra un incremento del 37,5 % en pozos onshore y se han realizado exploración offshore o costa afuera en 3 pozos.
Durante el año 2021 se registró la producción de petróleo y gas en 401 campos, de los cuales 34 reportaron únicamente la producción de hidrocarburos gaseosos.

Fuente: Elaboración propia, datos tomados de Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH).
La producción promedio de crudo durante el 2021 fue de 745.000 barriles por día (Kbpd), 35 Kbpd menos de los registrados durante el 2020 (781 Kbpd), como consecuencia del incremento de las diferidas no programadas y de la operación de los campos. Las diferidas es la diferencia entre la proyección de producción y el valor real de producción de un campo. Las diferidas programadas, tienen que ver con trabajos programados que se vayan a realizar, los cuales generan dicha diferencia, las no programadas tienen que ver cuando no teniendo ningún trabajo programado, se generen diferencias en los niveles de producción.

Fuente: Elaboración propia, datos tomados de Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH).
La producción fiscalizada de gas natural alcanzó los 1744 Millones de pies cúbicos por día (Mpcpd), 205 Mpcpd más de los reportados durante el año 2020.

Fuente: Elaboración propia, datos tomados de Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH).
El Ministerio de Minas y Energía expidió el Decreto 328 del 28 de febrero de 2020, “Por el cual se fijan lineamientos para adelantar proyectos piloto de investigación integral - PPII sobre yacimientos no convencionales (YNC) de hidrocarburos, con la utilización de la técnica de fracturamiento hidráulico multietapa con perforación horizontal (FHPH), y se dictan otras disposiciones”.
A través del mencionado Decreto, el Ministerio de Minas y Energía, en virtud de lo expresado por el Consejo de Estado en providencia del Auto del 17 de septiembre de 2019, desarrolló el primer antecedente de los proyectos piloto de investigación integral y marcó la pauta al darle el nombre correcto en la regulación a la técnica de fracturamiento hidráulico multietapa con perforación horizontal (FHPH).
Los proyectos piloto de investigación integral son procesos experimentales, científicos y técnicos, de carácter temporal, que se desarrollan en un polígono específico, y que buscan:
● (i) Recopilar información social, ambiental, técnica, operacional y de dimensionamiento de los yacimientos no convencionales (YNC) que requieran el uso de la técnica de Fracturamiento Hidráulico Multietapa con Perforación Horizontal (FH-PH) para su extracción.
● (ii) Generar conocimiento para el fortalecimiento institucional; promover la participación ciudadana, la transparencia y acceso a la información.
● (iii) Evaluar los efectos de la técnica de Fracturamiento Hidráulico Multietapa con Perforación Horizontal (FH-PH), según las condiciones de diseño, vigilancia, monitoreo y control que se establezcan.
En 2019 la Comisión Interdisciplinaria Independiente de Especialistas, integrada por expertos de varias áreas del conocimiento, formuló para el Estado colombiano una serie de recomendaciones para experimentar los proyectos piloto, entre las cuales se encuentra la generación de conocimiento de líneas base, la Transparencia en la Información, el Desarrollo de Capacidades Institucionales, la Generación de conocimiento de líneas base, la participación efectiva de la ciudadanía y la aprobación concurrencia de las comunidades locales en las de actividades por comunidades locales
De esta forma, surgió en octubre de 2021 el Convenio Interadministrativo entre la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH), el Ministerio de Minas y Energía (MME) y la Universidad Nacional de Colombia (UNAL), para la administración y la gestión de la información de dichos proyectos piloto del Centro de Transparencia, que tiene como objetivo ser un canal de comunicación con la ciudadanía, publicando contenidos claros, transparentes y de fácil comprensión para la opinión pública en asuntos relacionados con la técnica de fracturamiento hidráulico multietapa con perforación horizontal (FHPH), más conocido como fracking, y con la implementación y avance de los proyectos piloto de investigación integral (PPII) en Colombia.
En el marco de este convenio, la Universidad Nacional de Colombia, se encarga de la gestión y administración de la información y la gestión, administración y uso de la página web. El equipo de trabajo está conformado por siete curadurías: sismicidad, agua, ecosistemas, aire, hidrocarburos, salud y socioeconómica, que cumplen la función de revisar, clasificar y verificar la información relevante sobre la ejecución de los PPII y mejorar el conocimiento del sector.