Para el otorgamiento de los contratos es necesaria la implementación de criterios de tipo técnico y financiero. En los siguientes puntos se describen dichos criterios.
Los criterios técnicos para la evaluación de una propuesta de contrato de concesión comprenden:
Análisis de libertad de área: Se estudia que el área de interés no se encuentre en zonas excluibles de la minería, conforme con la ley minera, o con títulos o solicitudes vigentes al momento de la radicación.
Evaluación del plano: A la propuesta se debe acompañar un plano de representación del área de interés, que, como documento técnico, debe cumplir con la Resolución 40600 y estar refrendado por el profesional idóneo, conforme con el artículo 270 del Código de Minas.
Formato A - Programa mínimo exploratorio: Por medio de este documento de naturaleza técnica, el proponente debe describir las actividades mínimas exploratorias que se van a ejecutar en el evento en que se otorgue el título y los montos por invertir, en etapa de exploración. Este documento debe cumplir con los parámetros previstos en la Resolución 143 de 2017. Por medio de dicho instrumento, el proponente debe acreditar mínimos de idoneidad ambiental y laboral.
Criterios financieros para la evaluación de la capacidad económica
A partir de la entrada en vigencia de la Ley 1753 de 2015, los proponentes deben acreditar suficiencia financiera para adelantar las actividades obligatorias en etapa de exploración (Tabla. Acreditación de suficiencia financiera para actividades exploratorias).
| Persona natural independiente no comerciante | Persona natural independiente comerciante | Persona natural dependiente | Persona jurídica |
|---|---|---|---|
| Declaración de renta si está obligado a declarar. | Estados financieros de conformidad con la normatividad vigente. | Certificado de ingresos y retenciones expedido por el empleador, de la vigencia inmediatamente anterior a la presentación de la documentación ante la autoridad minera. | Estados financieros de conformidad con la normatividad vigente. Las sociedades subordinadas podrán presentar estados financieros de la matriz o controlante. |
| Certificado de ingresos expedido por contador titulado, en cuyo caso deberá acompañar copia legible de la tarjeta profesional. | Extractos bancarios de los tres últimos meses anteriores a la presentación de la documentación ante la autoridad minera. | Extractos bancarios de los tres últimos meses anteriores a la presentación de la documentación ante la autoridad minera. | Certificado de existencia y representación legal de la sociedad con una vigencia no mayor a tres meses, que contemple en su objeto social, expresa y específicamente, la exploración y la explotación minera, conforme lo establece el artículo 17 de la Ley 685 de 2001. |
| Extractos bancarios de los tres últimos meses anteriores a la presentación de la documentación ante la autoridad minera. | Registro único Tributario (RUT) (DIAN) actualizado. | Registro Único Tributario (RUT) (DIAN) actualizado. | |
| Registro Único Tributario (RUT) (DIAN) actualizado. | Matrícula mercantil. | Declaración de renta si está obligado a declarar. |
Fuente: ANM, 2017
Criterios económicos para evaluar la capacidad financiera de los proponentes
Los criterios económicos para evaluar la capacidad financiera de los proponentes:
Personas naturales no comerciantes y dependientes deben cumplir con un indicador —suficiencia financiera— igual o mayor a 1.
Las personas naturales comerciantes y las personas jurídicas deben demostrar una liquidez igual o mayor a 0,54, o endeudamiento igual o menor al 65 %.
Es importante señalar que, de acuerdo con la ANM, en Colombia no está previsto ni se han realizado excepciones en el otorgamiento de contratos. Cualquier aspirante a un título minero debe seguir y cumplir con el procedimiento establecido.
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