El artículo 332 de la Constitución Política, establece que en Colombia, la titularidad del subsuelo y de los recursos naturales no renovables son propiedad del Estado, sin perjuicio de los derechos adquiridos y perfeccionados con arreglo a las leyes preexistentes (Secretaria del Senado, 2021).
Este marco normativo conlleva a que el propietario del suelo no tenga disposición del subsuelo, es el Estado, el responsable de otorgar los derechos de exploración y explotación del subsuelo para lo cual no requiere el consentimiento del propietario.
Así mismo, la legislación dispone que encontrándose los recursos hidrocarburíferos y minerales en el subsuelo de propiedad del Estado, le compete a la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) y a la Agencia Nacional de Minería (ANM) respectivamente, administrar los recursos y celebrar contratos u otorgar licencias para su exploración y explotación (Estudio Legal Hernández, 2021). A continuación, se presenta en este numeral la estructura contractual que rige para el sector extractivo:
De acuerdo con el artículo 76 de la Ley 80 de 1993, los Contratos de exploración y explotación; son acuerdos en los que el Estado concede a una empresa el derecho a explorar y explotar esos recursos, bajo una serie de condiciones, a cambio de unas compensaciones económicas, la producción y comercialización de recursos naturales no renovables como son el petróleo y gas, se deben someter a la legislación especial aplicable para el sector.
Mediante el Decreto Ley 4137 de 2011, se estableció a la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) como el ente administrador integral de las reservas de hidrocarburos de la Nación y de la promoción y aprovechamiento óptimo y sostenible de estos recursos. Con la anterior modificación de la naturaleza jurídica de la ANH, se puso en marcha el régimen vigente de contratación para la exploración y producción de hidrocarburos en Colombia.
|
La ANH tiene la doble función de administrar los recursos hidrocarburiferos del Estado, realizando un seguimiento a los contratos y administrando las regalías recibidas en virtud de estos. |
Bajo este esquema, las entidades privadas dedicadas a la exploración y producción de hidrocarburos y Ecopetrol S.A. entraron a competir en las mismas condiciones, sin necesidad de un contrato de asociación; el Contrato de Asociación aún vigente para algunas compañías del sector, establecía una relación contractual entre Ecopetrol y las compañías para que de forma conjunta se realizara la exploración y explotación de los campos. En esta modalidad, se definía entre las partes una figura denominada “Operador”, o se contrataba a través de un tercero. Las empresas asociadas asumían el riesgo y los costos de exploración; y sólo en el caso de que se encuentren campos comerciales, Ecopetrol entra a compartir los costos pasados y los futuros en porcentajes previamente acordados. El producto se reparte en proporciones acordadas, como se exigía anteriormente. Sin embargo, en algunos casos el régimen anterior de asociación aún sigue vigente pues los contratos fueron celebrados con una duración de hasta 30 años (PWC, 2021).
Los contratos del sector hidrocarburos en general, se caracterizan por (PWC, 2021):
a. Ser un contrato estatal con régimen especial, no sometido al régimen de contratación de la Ley 80 de 1993.
b. El contrato debe ser definido y aprobado por la ANH.
c. El contratista asume el 100 % de los programas de trabajo, activos, costos y riesgos.
d. El contratista tiene total autonomía y responsabilidad operacional.
e. El contratista tiene derechos sobre toda la producción, una vez hechos los descuentos por concepto de regalías y derechos económicos, los cuales deberá poner a disposición de la ANH, de acuerdo con el volumen y la calidad de los hidrocarburos producidos.
f. Para la asignación de áreas de exploración y explotación, existe un esquema competitivo por regla general.
g. En adición a lo anterior, el contratista deberá tramitar y obtener las correspondientes licencias ambientales ante la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA).
El acuerdo 02 del 18 de mayo de 2017 de la ANH estableció que el desarrollo de actividades de Exploración y Explotación de Hidrocarburos tiene lugar mediante los siguientes negocios jurídicos o tipos de contrato (ANH, 2017):
Duración Contrato E&P por Etapa
| Etapa | Área Continental | Área Costa Afuera |
|---|---|---|
|
Fase preliminar |
* Hasta 24 meses |
* Hasta 24 meses |
|
Exploración |
* Es de 6 años |
* Es de 9 años |
|
Evaluación y Producción |
* 24 años contados a partir de la declaración de comercialidad |
Evaluación Individual e integrada: |
Fuente: Administrador Independiente EITI Colombia Vigencia 2020
Es importante tener en cuenta que en el pasado los contratos utilizados fueron: Los de Concesión en el periodo 1905 – 1969 (Concesión Barco y De Mares) y el de Asociación que se crea con la Ley 20 de 1969, el cual establece al Contrato de Asociación como instrumento jurídico para incentivar la exploración y producción en Colombia hasta 2003. (ANH, 2020).
El Acuerdo 02 de 2017 de la ANH (ANH, 2017), clasifican las áreas de acuerdo con:
i. La situación jurídica y contractual: En áreas Asignadas, Reservadas o Disponibles.
ii. En función de su naturaleza y localización geográfica: En áreas Continentales o Costa Afuera.
iii. Las características geológicas y la información técnica disponible sobre el subsuelo: En áreas Maduras o Exploradas, Emergentes o Semi exploradas, e Inmaduras o Frontera.
iv. Los procesos de migración y entrampamiento de los Hidrocarburos: En Yacimientos con acumulaciones en Trampas o Convencionales y Yacimientos en Rocas Generadoras o los demás yacimientos definidos en el Artículo 1 del Decreto 3004 de 2013.
En este numeral se realiza la descripción del proceso de adjudicación de contratos y se explica de forma general, los requisitos y criterios técnicos y financieros para acceder a estos. La gestión contractual para el otorgamiento de contratos comprende las siguientes etapas descritas en la imagen a continuación:
|
Es importante destacar que por regla general y de acuerdo con lo establecido en el Acuerdo 02 de 2017 emitido por la ANH, la asignación de Áreas para desarrollar actividades de Exploración, Evaluación, Operación, Producción y/o de Exploración y Explotación de Hidrocarburos, en ejecución de alguno de los tipos de contrato (E&P, Evaluación técnica, Convenios y Especiales), ha de tener lugar mediante Procedimientos Competitivos de Selección objetiva de Contratistas, permanentes o puntuales, y, excepcionalmente, por Sistemas reglados de adjudicación Directa. Ver la descripción de los procedimientos competitivos en el capítulo 5, artículo 36 del Acuerdo 02 de 2017 emitido por la ANH: Link |
Proceso Otorgamiento de contratos

Fuente: Administrador Independiente EITI Colombia Vigencia 2020
En el proceso anterior, explicito en el acuerdo 02 de 2107 emitido por la ANH, es importante resaltar:
i. En la etapa de planeación, la ANH establece los requisitos de habilitación, para que los proponentes pueden participar en los procesos competitivos promovidos por la ANH, quién determinará la cantidad, la naturaleza, categoría y prospectividad de las Áreas a las que puede aspirar cada Interesado, para lo cual se requiere acreditar las siguientes capacidades:
Capacidades por acreditar por los proponentes
| Capacidad por acreditar | Descripción |
|---|---|
|
Económico-Financiera |
Respaldo o la solvencia económica y financiera que debe tener cada persona jurídica, así como los integrantes de Proponentes Plurales para obtener la asignación de Áreas, tanto para atender sus operaciones y los compromisos y pasivos a su cargo, como para asumir las obligaciones y prestaciones derivadas de los Contratos. |
|
En Materia de Responsabilidad Social Empresarial |
Prácticas abiertas y transparentes, fundadas en valores éticos y en el respeto al Estado, sus trabajadores y contratistas, la sociedad, las comunidades y el ambiente, la diversidad y de la identidad cultural, entre otros |
|
Jurídica |
Aptitud del Proponente Individual o de todos sus integrantes, para participar en Procedimientos de Selección directa o en competencia; celebrar contratos; acometer las actividades de Exploración y Explotación de Hidrocarburos correspondientes, y asumir y cumplir oportuna, eficaz y eficientemente las referidas prestaciones y obligaciones. |
|
Medioambiental |
Conocimientos, títulos y experiencia comprobados por el proponente individual o sus integrantes en el desarrollo de las actividades con la debida protección del medio ambiente y de los recursos naturales que permitan considerar que están en condiciones de acometer la ejecución de los contratos proyectados cumpliendo lo establecido en las licencias ambientales o planes de manejo ambiental |
|
Técnica y Operacional |
Antecedentes y de experiencia comprobados en el desarrollo de actividades, en términos de niveles de Producción y volúmenes de reservas es posible suponer que está en condiciones de asumir y cumplir en forma oportuna, segura, eficaz y eficiente las prestaciones y obligaciones derivadas de los Contratos proyectados. |
Fuente: Administrador Independiente EITI Colombia Vigencia 2020
ii. La ANH dentro del Procedimiento Permanente de Asignación de Áreas (PPAA); puede consultar las oportunidades disponibles en la página de la ANH, en el siguiente link, ofrece las áreas disponibles sobre las cuales las compañías interesadas podrán realizar solicitudes de incorporación de áreas dentro de este procedimiento. Las compañías pueden presentar sus áreas de interés a la ANH, las cuales serán evaluadas y presentadas bajo el procedimiento competitivo PPAA.
iii. En la etapa de liquidación, se presenta la terminación de los contratos celebrados por la ANH, que se puede presentar por:
- Renuncia del Contratista, una vez haya sido aceptada por la ANH.
- Vencimiento del Término de Ejecución, incluidas eventuales prórrogas.
- Acuerdo recíproco de las Partes, en cualquier oportunidad durante su vigencia.
- Terminación Unilateral de la ANH, excepcionalmente, con arreglo al artículo 76 de la Ley 80 de 1993.
iv. En el caso de presentarse traspaso, cesión o transferencia de contratos se requerirá la aprobación y autorización de la ANH, previa validación de la capacidad de los interesados.
En este numeral se presentan las cifras relacionadas con tipos de contratos, año de suscripción, estado y áreas, información tomada de la página web de la ANH con corte a octubre 2021.
La siguiente gráfica muestra un total de 313 contratos vigentes y administrados por la ANH a octubre de 2021, siendo el 83% del total contratos bajo la modalidad de contratos E&P
Total de Contratos por tipo - Cifras a octubre 2021

Fuente: ANH (ANH, 2021)
A continuación se presentan discriminados por estado (en ejecución, suspendidos, en trámite de terminación, entre otros), los contratos por tipo vigentes a octubre 2021.
Tipo de Contratos por Estado Vigentes
(*) Corresponden a contratos en revisión y análisis por parte de la ANH
| Tipo de contrato | En ejecución | *En ejecución | En Trámite de terminación | *En trámite de terminación | Suspendido | *Suspendido - En trámite de terminación | Suspendido en exploración | Total general |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
|
CE |
53 |
|
|
|
1 |
|
|
54 |
|
CEPI |
2 |
|
|
|
|
|
|
2 |
|
Convenio E&E |
2 |
|
|
1 |
2 |
|
|
5 |
|
Convenio E&P |
2 |
|
|
|
|
|
|
2 |
|
E&E |
21 |
2 |
|
1 |
2 |
|
|
26 |
|
E&P |
109 |
18 |
2 |
43 |
33 |
6 |
4 |
215 |
|
TEA |
|
|
|
7 |
1 |
1 |
|
9 |
|
Total general |
189 |
20 |
2 |
52 |
39 |
7 |
4 |
313 |
Fuente: ANH (ANH, 2021)
En la siguiente gráfica se puede ver los contratos vigentes a octubre de 2021, clasificados por año de acuerdo con la fecha de firma y suscripción del contrato:
Fecha de inicio por tipo de contrato

Fuente: ANH (ANH, 2021)
A 31 de octubre de 2021, dentro de los contratos y convenios suscritos por la ANH, 18 contaban con áreas en evaluación, 5 contratos estaban pendientes por declarar comercialidad y/o explotación, y 211 con áreas en explotación, los cuales incluyen un total de 234 áreas, que son detalladas en la tabla a continuación:
Áreas en Evaluación y Explotación - Fecha Corte: 31 de octubre de 2021
| Contratos / Convenios | Áreas en Explotación | Áreas Pendientes Declaración de Comercialidad | Áreas en Evaluación | Total Áreas |
|---|---|---|---|---|
|
Contratos Exploración y Producción |
152 |
5 |
18 |
175 |
|
Convenios Exploración y Explotación |
5 |
0 |
0 |
5 |
|
Convenios de Explotación |
54 |
0 |
0 |
54 |
|
Total |
211 |
5 |
18 |
234 |
Fuente: ANH (ANH, 2021)
En este numeral se presenta los asuntos y procedimientos relacionados a la contratación minera, tales como: los tipos de títulos mineros y las actividades que deben realizar las personas naturales y jurídicas para acceder a los recursos naturales e invertir en Colombia.
Un título minero es el instrumento a través del cual el Estado colombiano otorga a una persona, jurídica o natural, el derecho a realizar exploración, construcción, montaje y explotación de minerales de propiedad del Estado en un área determinada, de forma exclusiva, y por cuenta y riesgo del titular, para que este último aproveche económicamente los minerales que extraiga.
En otras palabras el título minero, otorga la posibilidad de explorar y el derecho a explotar y aprovechar económicamente minerales de propiedad del Estado colombiano (Asuntos Legales, 2021).
El derecho se puede ha materializado en el tiempo a través de varias figuras jurídicas, como: (i) Licencias de Exploración; (ii) Licencias de Explotación; (iii) Contratos en Virtud de Aporte y (iv) Contratos de Concesión del Decreto 2655 de 1988, (v) Contratos de Concesión de Ley 685 de 2001.
Hoy en día existen varias clasificaciones vigentes, de conformidad con las derivadas del régimen del Decreto 2655 de 1988 (ver siguiente ilustración) y de la expedición de la Ley 685 de 2001, normativa en la que se estableció el Contrato Único de Concesión Minera.
Clasificación de Títulos Mineros según Decreto 2655 de 1988

Fuente: Administrador Independiente EITI Colombia Vigencia 2020
Es importante destacar que de acuerdo con el Artículo 351 del Código de Minas, los contratos mineros de cualquier clase y denominación celebrados por los entes descentralizados sobre zonas de aportes continuarán vigentes, incluyendo las prórrogas convenidas.
Los trámites y procedimientos de licitaciones y concursos que los mencionados entes hubieren resuelto abrir o hubieren iniciado para contratar otras áreas dentro de las zonas aportadas, continuarán hasta su culminación y los contratos correspondientes se celebrarán conforme a los términos de referencia o pliegos de condiciones elaborados para el efecto. Las áreas restantes de los aportes serán exploradas y explotadas de acuerdo con el régimen común de concesión.
El lector interesado puede hallar más información de los títulos mineros en el sitio Web de la Agencia Nacional de Minería en la Cartilla de Minería.
La Ley 685 de 2001 definió el contrato único de concesión minera como el instrumento legal que establece el derecho a explorar y explotar minas de propiedad estatal, por cuenta y riesgo de la persona natural o jurídica que lo solicite de forma exclusiva y temporal dentro del área otorgada, bajo los términos y condiciones establecidos en el Código de Minas.
De esta manera, en Colombia el derecho a explorar y extraer recursos minerales se adquiere a través de un contrato de concesión que puede durar 30 años, prorrogable por hasta otros 30 años adicionales, otorgado por la Agencia Nacional de Minería - ANM y para el Departamento de Antioquia por medio de delegación a la Secretaría de Minas de la Gobernación en el departamento de Antioquia, e inscrito en el Registro Minero Nacional - RMN.
A continuación se presentan aspectos relevantes del contrato de concesión:
Aspectos y Características principales del Contrato de Concesión Minera
| Aspectos | Descripción |
|---|---|
|
Definición |
Contrato entre el Estado y un particular para efectuar, por cuenta y riesgo de este último, los estudios, trabajos y obras de exploración de minerales de propiedad estatal que puedan encontrarse dentro de una zona determinada. |
|
Derechos Otorgados |
Facultad para: |
|
Acceso al contrato de concesión Minera |
El otorgamiento de derechos de explotación minera se realiza a través del principio de “primero en tiempo, primero en derecho”, con la excepción de las zonas declaradas como estratégicas por parte de la Agencia Nacional de Minería (ANM). |
|
Fases del contrato |
El contrato de concesión comprende dentro de su objeto las fases de: |
|
Causales de rechazo |
Entre algunas de las causales de rechazo de una propuesta de contrato de concesión, se destacan: |
|
Duración del contrato |
El contrato de concesión se pacta por el término que solicite el proponente y hasta por un máximo de treinta (30) años. Dicho término se cuenta desde la fecha de inscripción del contrato en el Catastro Minero Colombiano. |
|
Prórrogas |
Antes de vencerse el período de explotación, el concesionario puede solicitar una prórroga del contrato por el mismo tiempo de la concesión inicial. |
|
Terminación |
El contrato de concesión no sólo puede terminarse por vencimiento de términos; también puede concluir si el concesionario, solicita la finalización de mutuo acuerdo, por muerte del concesionario, por declaratoria de caducidad o por renuncia del concesionario |
Fuente: Administrador Independiente EITI Colombia Vigencia 2020 (ANM, 2021)
Hoy en día, la ANM lleva a cabo estrategias de promoción para la expansión de la matriz productiva minera y la apertura de nuevos mercados, para lo cual realiza (ANM, 2021):
Estrategias de promoción
| Tipo de Ronda | Avances -2021 |
|---|---|
|
Rondas mineras |
Para minerales de interés estratégico y alto potencial. |
|
Ruedas de negocios |
Hasta la fecha la ANM ha llevado a cabo seis ruedas de negocios enfocadas en carbón, oro, metales preciosos y esmeraldas |
Fuente: ANM (ANM, 2021)
Cuando el inversionista quiere acceder al derecho a explorar y extraer recursos minerales tiene 3 maneras de acceder, así:
Maneras de inversión

Fuente: ANM (ANM, 2021)
El procedimiento para obtener un contrato de concesión minera puede ver resumido en la siguiente ilustración, el detalle de cada una de las etapas se encuentra de forma detallada en la página web de la ANM:
Esquema de Otorgamiento de Contrato de Concesión y Registro

Fuente: ANM (ANM, 2021)
Como se presenta en la ilustración anterior, las propuestas de contrato de concesión pueden ser rechazadas por las siguientes causales:
- Si el área pedida en su totalidad se superpone con zonas señaladas como excluibles de la minería. - Si se superpone totalmente a propuestas o contratos anteriores. - Si no cumple con la presentación de todos los requisitos establecidos. - Si no se cumple el requerimiento de subsanar las deficiencias de la propuesta
Toda propuesta de Contrato de Concesión es evaluada por la ANM, con el fin de determinar si los proponentes cuentan con la capacidad financiera y están habilitados técnica y jurídicamente para adelantar el desarrollo del contrato.
Los criterios para la evaluación de la capacidad técnica y jurídica de los proponentes son consultables en el documento elaborado por la ANM en el 2015, Propuesta de Contrato de Concesión, en cuanto a la capacidad económica, los criterios se actualizaron a través de la Resolución 352 del 4 de julio de 2018, la cual se encuentra para su estudio en el sitio Web de la ANM.
Los derechos mineros de concesión y las áreas son viables de ser cedidos de una persona o empresa a otra. En este caso, simplemente se debe informar sobre esa intención a la ANM. Para ello, el interesado debe tramitar una cesión de derechos de concesión que requiere de los siguientes pasos:
- Verificación de la notificación previa de la cesión a la autoridad minera.
- Verificación de la capacidad jurídica de las partes.
- Verificación de la capacidad económica del cesionario.
Los criterios de evaluación económica se encuentran definido en la resolución 352 de 2018, si desea consultarlo hagalo en el siguiente link
Las Áreas de Reserva Estratégica Minera (AEM) son áreas especiales libres con alto potencial para minerales estratégicos para el país, en las que, una vez delimitadas por la Autoridad Minera, no es posible recibir nuevas propuestas ni suscribir contratos de concesión minera, sino que deben ser otorgadas en contrato de concesión especial mediante procesos de selección objetiva (ANM, 2021).
Con la adjudicación de las AEM mediante procesos de selección objetiva a quienes ofrezcan las mejores condiciones técnicas, económicas, sociales y ambientales para el aprovechamiento del recurso, se pretende lograr el crecimiento del sector minero colombiano y obtener mejores condiciones y beneficios para el Estado y las comunidades ubicadas en las zonas con potencial para minerales estratégicos, que las establecidas en el régimen ordinario del Código de Minas, cuya adjudicación se basa en el principio “primero en el tiempo, primero en el derecho”.
Mediante el proceso de selección objetiva la ANM busca otorgar las Áreas Estratégicas Mineras al seleccionar la oferta más favorable para la adjudicación de contratos especiales de exploración y explotación de minerales estratégicos.
El proceso de selección objetiva, para ampliar información a través del siguiente link, se compone de tres momentos clave:
En este numeral se presentan a continuación las principales cifras relacionadas con la gestión de contratos con corte al 31 de agosto de 2021:
En la tabla siguiente se puede observar el detalle de los 7729 contratos por modalidad y Estado con corte 2021:
Contratos Mineros por modalidad y estado
| Modalidad | Activo | Archivado | Solicitud Suspendida | Suspendido | Terminado | Titulo terminado-en proceso de liquidación | Total general |
|---|---|---|---|---|---|---|---|
|
Autorización temporal |
554 |
|
|
1 |
1 |
|
556 |
|
Contrato de concesión |
5498 |
1 |
|
106 |
6 |
333 |
5944 |
|
Contrato de concesión diferencial |
|
|
92 |
|
|
|
92 |
|
Contrato en virtud de aporte |
280 |
|
|
2 |
|
9 |
291 |
|
Contrato especial de concesión |
14 |
|
|
|
|
|
14 |
|
Licencia de exploración |
151 |
|
|
1 |
1 |
|
153 |
|
Licencia de explotación |
488 |
|
|
|
4 |
|
492 |
|
Licencia especial de materiales de construcción |
112 |
|
|
|
1 |
|
113 |
|
Licencia especial para comunidad |
3 |
|
|
|
|
|
3 |
|
Permiso |
8 |
|
|
|
|
|
8 |
|
Reconocimiento propiedad privada |
29 |
|
|
|
|
|
29 |
|
Registro minero de canteras |
34 |
|
|
|
|
|
34 |
|
Total general |
7171 |
1 |
92 |
110 |
13 |
342 |
7729 |
Fuente: Agencia Nacional de Minería (ANM)
Como referencia de lo anterior, la siguiente tabla muestra las etapas en que se encuentran los 7171 contratos:
Etapas de los contratos
| Modalidad | Construcción y montaje | Exploración | Explotación | No definido | Total general |
|---|---|---|---|---|---|
|
Autorización Temporal |
|
122 |
371 |
61 |
554 |
|
Contrato De Concesión |
244 |
455 |
4799 |
|
5498 |
|
Contrato En Virtud De Aporte |
32 |
4 |
244 |
|
280 |
|
Contrato Especial De Concesión |
|
12 |
2 |
|
14 |
|
Licencia De Exploración |
9 |
120 |
22 |
|
151 |
|
Licencia De Explotación |
1 |
|
487 |
|
488 |
|
Licencia Especial De Materiales De Construcción |
|
|
112 |
|
112 |
|
Licencia Especial Para Comunidad |
|
|
3 |
|
3 |
|
Permiso |
|
|
8 |
|
8 |
|
Reconocimiento Propiedad Privada |
5 |
1 |
23 |
|
29 |
|
Registro Minero De Canteras |
|
|
34 |
|
34 |
|
Total general |
291 |
714 |
6105 |
61 |
7171 |
Fuente: Agencia Nacional de Minería (ANM)
En Colombia, la información generada y emitida por las instituciones públicas, tales como la celebración, administración de contratos de concesión con el Estado (título minero o contrato de exploración y explotación de hidrocarburos), se considera de carácter pública y es un derecho fundamental de la ciudadanía estar informada, según la Ley 1712 de 2014, aprobada por el Congreso de la República y denominada Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública Nacional. (Secretaría de Transparencia, 2016)
Ley 1712 de 2014 o de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública Nacional (reglamentada mediante el decreto 103 de 2015 ) es la herramienta normativa que regula el ejercicio del derecho fundamental de acceso a la información pública en Colombia.
Tiene como objetivo que la información en posesión, custodia o bajo control de cualquier entidad pública, órgano y organismo del Estado colombiano, persona natural o jurídica de derecho privado que ejerza función pública delegada, reciba o administre recursos de naturaleza u origen público o preste un servicio público, esté a disposición de todos los ciudadanos e interesados de manera oportuna, veraz, completa, reutilizable y procesable y en formatos accesibles.
|
Es importante destacar que Los artículos 18 y 19 de la Ley de Transparencia estipulan las excepciones en el acceso a la información, y el artículo 20 ordena la creación del índice de información clasificada y reservada, registro que deben llevar todos los sujetos obligados. |
Para acceder a la información del sector extractivo, la ciudadanía tiene dos opciones: i) A través del acceso a los sitios Web oficiales de las instituciones y agencias o ii) dirigiendo carta o documento a la institución de la cual se requiere obtener la información.
En la tabla siguiente es posible hallar los principales sitios Web del sector extractivo para consulta de la ciudadanía y público en general.
Principales Sitios Web para acceder a Información Pública del Sector Extractivo
| Tipo de información | Minería | Hidrocarburos |
|---|---|---|
|
Datos abiertos |
||
|
Títulos Mineros Otorgados / Estado de contratos de Hidrocarburos (E&P) |
||
|
Esquema de publicación de la información |
||
|
Mapa de Tierras/Áreas |
Fuente: Administrador Independiente EITI Colombia Vigencia 2020